En España

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  1. a) En vigor

Prestación de la Seguridad Social por hijo a cargo menor de 18 años.- 291 € anuales por hijo menor de 18 años no minusválido. Límites de ingresos: 11.547,96 €/año más 15 % por cada hijo a cargo que sobrepase el 1º. En caso de familias numerosas, 17.380,39 €/año, más 2.815,14 € por cada hijo a cargo que sobrepase el 3º (más información). (impreso)

Nueva deducción en el IRPF-2015 para familias numerosas,y para ascendientes y descendientes discapacitados Ver           mas info

Pago único para familias numerosas, monoparentales y madres discapacitadas, por nacimiento o adopción de hijos.- Pago único de de 1.000 euros si los ingresos no superan los límites anteriores  (más información).

Prestación de la Seguridad Social por parto múltiple.- Pago único de 2.594,40 euros por dos hijos, 5.188,80 euros por tres y 7.783,20 euros por cuatro y siguientes. (más información).

Bonificación para familias numerosas en tasas o matrículas académicas de centros públicos de la Administración Central .- Del 50% en categoría general y del 100 % en categoría especial.

Reducción para familias numerosas en transporte interurbano.- 20 % de descuento en categoría general y 50 % en categoría especial. Acumulables a otros descuentos.

Reducción para familias numerosas en transporte aéreo (salida y destino en España).-Bonificación en transporte aéreo del 5 % ó 10 %, según categoría general o especial.

Reducción para familias numerosas en el Impuesto de matriculación.- Será la mitad del tipo que corresponda según el vehículo (normalmente se trata del tipo máximo, el 14,75 %), para vehículos de 5 a 9 plazas, con el límite de una compra cada cuatro años. Lo tramita el concesionario.

Reducción para familias numerosas en la contatación de empleada del hogar.- Se bonificará con un 45 % en su cotización a la Seguridad Social cuando los ascendientes trabajen fuera de casa, o sólo uno de ellos en familias numerosas de categoría especial (ver bases actualizadas). pagina oficial

Reserva del puesto de trabajo y excedencias.- Será de 15 ó 18 meses (según categoría general o especial) en lugar de 12 meses.

Pemiso de maternidad y prestación.- Será de 16 semanas para todas las madres. En caso de parto múltiple, 2 semanas más por cada hijo a partir del segundo con un subsidio de 6 semanas. Se recibe una prestación compensatoria por la reducción de ingresos (más información).

Pemiso de paternidad.- Para los padres de familia numerosa será de 20 días en lugar de 15. Se recibe una prestación compensatoria por la reducción de ingresos (más información).

Asistencia jurídica gratuita para familias numerosas.- Para las familias numerosas de categoría especial que no superen 4 veces el IPREM.

Impuesto de Bienes Inmuebles.- Se permite a los ayuntamientos bonificar hasta un 90 %. Esta bonificación debe ser aprobada por cada Ayuntamiento modificando su ordenanza fiscal. Las ordenanzas fiscales (tasas e impuestos que los Ayuntamientos renuevan normalmente todos los años) se aprueban a finales de año para su entrada en vigor el primer día del año, y provisionalmente en un pleno 2 meses antes, por lo que las familias numerosas o sus asociaciones deben tratar esta rebaja con las concejalías de hacienda antes de verano.

Bono social.- Se trata de un descuento en la tarifa eléctrica (más información).

Complemento por maternidad a las pensiones contributivas.-  5% por dos hijos. 10% por 3 hijos.15% por 4 o más hijos. ver mas