Ampliación de la condición de Familia Numerosa
La ampliación de la condición de familia numerosa, pendiente ya sólo del trámite parlamentario
ver consejo de ministros 20-2-15
Teniendo en cuenta que en un porcentaje elevadísimo los títulos vigentes corresponden a familias numerosas con 3 ó 2 hijos, el cumplimiento de la edad máxima por parte del mayor arrastra con bastante frecuencia la pérdida del título y de todos los beneficios para toda la familia: los ascendientes y el resto de hermanos.
Por ello, esta reforma, según el Gobierno, pretende acomodarse a la situación efectiva de las familias numerosas, y por otra evitar una situación de discriminación entre los hermanos.
De este modo, la Disposición Final Sexta quedaría redactada de la siguiente manera:
«Disposición final sexta. Modificación de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.
La Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas, queda redactada como sigue:
Único. Se añade un nuevo párrafo al artículo 6, que queda redactado en los siguientes términos:
«Artículo 6. Renovación, modificación o pérdida del título
El título de familia numerosa deberá renovarse o dejarse sin efecto cuando varíe el número de miembros de la unidad familiar o las condiciones que dieron motivo a la expedición del título y ello suponga un cambio de categoría o la pérdida de la condición de familia numerosa.
El título seguirá en vigor, aunque el número de hijos que cumplen las condiciones para formar parte del título sea inferior al establecido en el artículo 2 de esta Ley, mientras el menor de los hijos reúna los requisitos previstos en el artículo 3. No obstante, en estos casos, la vigencia del título se entenderá exclusivamente respecto de los miembros de la unidad familiar que sigan cumpliendo dichas condiciones y no sería aplicable al resto de hijos que ya no las cumplen».
Pendiente aún la tramitación parlamentaria
Una vez aprobado en Consejo de Ministros, aún queda pendiente toda la tramitación parlamentaria hasta que esta Ley entre en vigor, si bien el secretario de Estado para las Relaciones con las Cortes, José Luis Ayllón, aseguró en las últimas Jornadas de Formación de Juntas Directivas de asociaciones de familias numerosas que esto sería antes del verano.
La vida de la familia numerosa se alarga
Una de las consecuencias de la ampliación de la condición legal de la familia numerosa es que muchas familias que está apunto de ver concluido su periodo de “familia numerosa”, lo ven alargado en unos en unos seis años más.
Supongamos en una familia que nace el tercer hijo y la mayor ya tiene cinco años. Antes, el periodo de “vida” de la familia numerosa era –si los hijos estudian, de unos 20 años. Ahora –bueno, cuando se apruebe, antes del verano- ese periodo se alarga y puede durar 25 años, beneficiándose de ellos los dos hijos. Y los padres. La diferencia es mucha.
Por otra parte, hay muchas familias que ya se han hecho a la idea de dejar se de ser familia numerosa legalmente este año, y encontrarán que pueden seguir siéndolo cinco o seis años más.
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