Siguen las deducciones fiscales por familia numerosa.-

 

 

 

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Las deducciones fiscales por familia numerosas aprobadas por el Gobierno en 2015 se mantienen para 2016 para todos aquellos contribuyentes que cumplan los requisitos. En el caso de haber solicitado el pago por anticipado a principios del pasado año, no será necesario volver a solicitarlo.    

Se trata de deducciones específicas por familia numerosa, que se establecieron con una cuantía de 1.200 euros para aquellas que sean de categoría general y de 2.400 cuando se trate de familias numerosas categoría especial. La deducción puede aplicarse en la declaración de la Renta o percibirse de forma directa por anticipado, a razón de 100 euros al mes, tal y como se hace con la deducción por maternidad para madres trabajadoras con hijos de 0 a 3 años. Si se opta por ésta última opción -deducción por anticipado- es necesario solicitarlo, pero únicamente si no se pidió en 2015

Además del «cheque fiscal» para familias numerosas se creó uno para familias con ascendientes o descendientes con discapacidad una deducción de 1.200 euros, compatible con la anterior en el caso de que se den ambas circunstancias (familia numerosa con un miembro de con discapacidad).

Para poder aplicar la deducción es necesario que al menos uno de los progenitores esté dado de alta en la Seguridad Social, es decir, trabajando por cuenta ajena o propia (autónomo). Tras una reclamación de la Federación Española de Familias Numerosas, el Gobierno decidió ampliarlo a algunos supuestos que inicialmente habían quedado fuera del «cheque fiscal», como los parados y los pensionistas. El Ejecutivo incluyó a padres y madres de familia numerosa que estén percibiendo prestaciones contriutivas o asistenciales por desempleo o jubilación, además de monoparentales con dos hijos.

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